El 22 de mayo de 2007, en la ciudad de Cochabamba, del Departamento de Cochabamba, se constituyó la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica, estética y Reconstructiva.

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  • Como Y donde hacer la especialidad Primero deberá cursar mínimamente 2 años de Cirugía General, en institución reconocida y avalada por una universidad (ofertada en Bolivia).
    Realizar residencia en institución reconocida continua por 3 años, esta deberá estar avalada por una universidad oficial del país al que opte (No ofertada en Bolivia).

  • Como ser miembro de la sociedad.

CAPITULO VI

RECONOCIMIENTO DE ESPECIALISTA Y REQUISITOS PARA EL INGRESO A LA SOCIEDAD

Artículo 36.- (Certificación de Especialista)

En cumplimiento al Art. 7 y 13 del Reglamento de Especialidades Médicas, y la resolución de asamblea ordinaria de 2 de diciembre de 2005, el directorio de la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva es responsable de la evaluación, calificación y acreditación de los documentos del postulante a certificación, ante el Colegio Médico, quién si es procedente emitirá la certificación de especialista. Los requisitos básicos exigidos por la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva son:

  1. Diploma académico de la Universidad.
  2. Título en provisión nacional.
  3. Certificado de 2 años de Cirugía general en un hospital reconocido antes del 25 de julio de 2008.
  4. Después 25 de Julio de 2008 el requisito mínimo es de tres años de cirugía general.
  5. Diploma de especialista o Certificados de residencia médica que acredite un mínimo de 3 años en la especialidad en cirugía plástica, reconocida por una universidad.
  6. Currículum Vitae documentado y ordenado.
  7. Inscripción en la Sociedad como Aspirante.
  8. Pago por derecho de certificación de especialidad.
  9. Programa de enseñanza de la especialidad.(fotocopia autenticada por el colegio médico de Bolivia).
  10. Dirección, teléfono, casilla de correo, correo electrónico del departamento de Enseñanza del hospital o centro donde realizo la especialización.
  11. Todos los documentos deberán estar legalizados, de acuerdo a normas legales en vigencia.
  12. Para la calificación definitiva de los profesionales que acrediten más de 5 años de práctica en cirugía plástica. Los profesionales que acrediten cinco años o más en el ejercicio de la especialidad dentro de un servicio reconocido institucional o particular nacional, serán considerados en la calificación definitiva conforme las disposiciones del presente reglamento y reglamentos del colegio médico.

Artículo 37.- (Las obligaciones de los aspirantes a la Sociedad)

Los aspirantes a la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, además de dar cumplimiento a las disposiciones específicas que les atinge, deberán cumplir con la obligación de presentar sus trabajos para su admisión a la institución, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Carta solicitud de admisión dirigida al Presidente de la Filial Departamental de la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva.
  2. Certificado actualizado de registro del Colegio Médico Departamental (C.M.D.).
  3. 4 fotos en color, fondo rojo de 3 x 4.
  4. Curriculum Vitae documentado (fotocopias autenticadas por el C.M.D).
  5. Diploma Académico (fotocopia autenticada por C.M.D)
  6. Título en provisión Nacional (fotocopia autenticada por el C.M.D).
  7. Certificado de Especialidad o Certificado de Residencia Médica (fotocopia autenticada por el C.M.D).
  8. 4 fotos en color fondo rojo 3X4
  9. Certificado de Especialista emitido por le Colegio Médico, debidamente legalizado.

Artículo 38.- (Presentación de trabajo por los Aspirantes)

Valorados satisfactoriamente los documentos señalados en el artículo anterior, y habiendo obtenido el certificado de Especialista en Cirugía Plástica y Reconstructiva del Colegio Médico de Bolivia, el aspirante deberá presentar su trabajo de investigación en la fecha prevista por el Directorio de la Filial Departamental, que deberá reunir las características especificadas para los trabajos presentados en Congresos Nacionales.

Artículo 39.- (Requisitos para adquirir la titularidad en la Sociedad por los Aspirantes)

Los aspirante a la Sociedad podrá obtener la calidad de Miembro Titular de la S.B.C.P.E.R., deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. De los mencionados en el los Arts. 36 y 37 del presente Reglamento
  2. Carta de solicitud para obtener la calidad de miembro titular dirigida al Directorio Nacional de la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva.
  3. Dos años de ejercicio profesional en la especialidad.
  4. Presentación de Trabajo de Investigación en un Congreso Nacional en la fecha señalada por el Directorio Nacional, cumpliendo las condiciones metodológicas exigidas para la presentación de trabajos ante el Congreso Nacional. Trabajo que deberá ser calificado por un comité designado específicamente para este objetivo.